Ingreso ante la autoridad migratoria paraguaya
Se recuerda a los ciudadanos argentinos que realizan viajes por temas de turismo o negocios a Paraguay la obligatoriedad de realizar el registro de ingreso ante la autoridad migratoria paraguaya a fin de evitar multas a su egreso del país.
Para quienes ingresan a Paraguay con DNI vigente, deben completar el trámite de ingreso en las casillas de Migraciones Paraguay habilitadas, quienes entregarán como comprobante de ingreso un papel indicando tiempo permitido de estadía de parte del agente interviniente. Dicho comprobante debe ser guardado por el ciudadano argentino hasta su salida del país, ya que será solicitado por la autoridad migratoria paraguaya como prueba de que se realizó el registro migratorio cuando ingresó a Paraguay.
Para quienes ingresan a Paraguay con Pasaporte Ordinario vigente, deben contar con sello estampado de ingreso a Paraguay en el ejemplar respectivo y conservar comprobante de ingreso entregado por la autoridad migratoria paraguaya, el cual será solicitado al momento de egresar del país.
Es importante recordar que de no presentar dicho comprobante de ingreso, los ciudadanos argentinos podrán ser objeto de la aplicación de multas por parte de la autoridad migratoria del Paraguay.
Ante cualquier inquietud o inconveniente no dude en contactar al Consulado Argentino correspondiente para asesorarse sobre el trámite migratorio a realizar.
Obligatoriedad de registrar cambio de domicilio en DNI
Se recuerda que se encuentra vigente el artículo 47 de la Ley N° 17.671, que establece la obligatoriedad de realizar el cambio de domicilio en el ejemplar de DNI vigente.
La falta de registro del cambio de domicilio en el ejemplar del DNI puede dar lugar al cobro de multas y/o el secuestro del vehículo para aquellos ciudadanos que cruzan la frontera hacia argentina en sus vehículos particulares, atento al incumplimiento de la normativa vigente que establece que el conductor debe ser residente en el Estado Parte del MERCOSUR de registro o matrícula del vehículo en el cual se desplaza.
Más información en: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/abc/ABCpaso2.aspx?id_nivel1=556&...
Documentación para viajes de Turismo en vehículos particulares
Los vehículos comunitarios del MERCOSUR de propiedad de las personas (físicas o jurídicas) con sede social en un Estado Parte podrán circular libremente en cualquiera de los demás Estados Parte con fines de TURISMO, debiendo el conductor poseer la siguiente documentación:
a) Documento de Identidad válido para circular en el MERCOSUR.
b) Licencia para conducir otorgada por país miembro del MERCOSUR. Es importante recordar que el conductor debe ser residente en el Estado Parte de registro o matrícula del vehículo, lo cual debe constar, para los ciudadanos argentinos, en el ejemplar DNI Vigente (domicilio actualizado).
c) Documento que lo califica como turista emitido por la autoridad migratoria.
d) Autorización para conducir el vehículo en los casos exigidos por la Resolución General 1419 y modificatorias .
e) Título u otro documento oficial que acredite la propiedad del vehículo.
f) Comprobante de seguro vigente.
Más información en: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/abc/ABCpaso2.aspx?id_nivel1=556&...